El derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos. La Asamblea General de la ONU lo reconoció así el 28 de julio de 2010 en la resolución A/RES/64/292. En nuestro país desde el 8 de febrero de 2012 con las reformas al artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.” Párrafo sexto del artículo 4 de la Constitución.
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