La ONU define el derecho humano al agua y saneamiento como el derecho de todo ser humano a disponer de agua SUFICIENTE, SALUBRE, ACEPTABLE, ACCESIBLE Y ASEQUIBLE para el uso personal y doméstico, y será el Estado quien deba garantizarlo. 1
Quizás te preguntaras ¿por qué nunca habías escuchado acerca del DHAS?
La respuesta a esta pregunta es simple; a nivel internacional este derecho empezó a tener relevancia apenas a mediados del siglo XX, pero fue hasta el año 2002 cuando el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU dentro de su Observación General no.15 finalmente reconoció de forma explícita este derecho. En México, hace cinco años que se incorporó en la constitución y hasta el momento no hay una ley específicamente diseñada para garantizarlo.
(1) Comité de DESC, Observación general 15, El derecho al agua, 2003.